Representantes de la Federación Provincial de Empresas del Metal y Nuevas Tecnologías de Santa Cruz de Tenerife (Femete) y de los sindicatos Comisiones Obreras, UGT, Intersindical Canaria y USO han firmado una subida del 6,87% en la tabla salarial para el presente ejercicio del Convenio Colectivo de Siderometalurgia e Instalaciones Eléctricas de Tenerife. Este ya ha comenzado a aplicarse, desde el momento de la firma, por acuerdo de todas las partes implicadas.
El acuerdo también mantiene el aplazamiento del aumento de un 1% en la tabla salarial que se aplicará entre enero de 2024 y junio de 2024, aunque está sometido a “una revisión salarial retroactiva desde enero de 2023 a diciembre de 2023”.
El acta del documento firmado por todas las partes aclara que estas decisiones, que se han tomado “por voluntad de todas las partes”, se han tomado “teniendo en cuenta la inflación”, con el fin de “mantener el empleo” y unas “condiciones económicas asumibles por parte del empresariado”.
¿A qué empresas afecta el convenio?
Con el convenio todas las empresas de la provincia de Santa Cruz de Tenerife dedicadas a las actividades de siderometalúrgica e instalaciones eléctricas, fontanería, instalaciones de climatización y frío, ventilación, fabricación, distribución, instalación y mantenimiento de sistemas electrónicos, visuales, acústicos o instrumentales de seguridad, comercio de almacenamiento de hierro y recuperación de chatarra, quedando expresamente incluidas aquellas empresas que además presten sus servicios de protección contra incendios, así como mantenimiento de estas instalaciones, tanto en el proceso de producción como en el de transformación de sus diversos aspectos y almacenaje, incluyéndose asimismo a aquellas empresas, centros de trabajo o talleres en las que se lleven a cabo trabajos de carácter auxiliar, complementarios o afines de la siderometalúrgica o tareas de instalación, montaje o reparación incluidas en dicha rama.
También estarán incluidas en este ámbito de aplicación las industrias de fabricación de envases metálicos y botería cuando en la fabricación de los envases se utilice chapa de espesor superior a 0’5 milímetros, tendidos de líneas eléctricas e industrias de óptica y mecánica de precisión. Asimismo, aparecen incluidas las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y las actividades relacionadas con la lectura, corte y reposición de contadores eléctricos, así como aquellas nuevas actividades afines o similares a las incluidas en los párrafos anteriores, así como las infraestructuras de telecomunicaciones y nuevas tecnologías.
¿Cuáles quedan excluidas?
Por el contrario, quedan excluidas aquellas empresas que hayan concertado un convenio en el ámbito de empresa, o bien que a la entrada en vigor de éste estuvieran aplicando otro convenio colectivo, que mantendrán su aplicación en tanto el mismo mantenga condiciones, consideradas globalmente superiores a las del presente convenio colectivo. A su vez, quedarán fuera del ámbito del acuerdo las empresas dedicadas a la venta de artículos en proceso exclusivo de comercialización.