Modificaciones o personalizaciones como tintar los cristales, colocar un enganche de remolque o incorporar luces diurnas –si no las traía de serie-, deberán estar debidamente legalizadas y pasar por una inspección técnica específica, para asegurar que dichas reformas no disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo.
Así lo ha señalado AEMA-ITV, Asociación de Entidades para la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, a través de un comunicado, en el que explican al detalle cuáles son las modificaciones consideradas ‘reformas de importancia’, cómo se debe proceder para legalizarlas mediante inspección ITV y cuáles son las consecuencias de no hacerlo.
¿Qué son las ‘reformas de importancia’?
Como se recoge en el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio y en el Manual de Reformas de Vehículos elaborado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, las ‘reformas de importancia’ son aquellas que incorporan elementos que suponen una alteración de las dimensiones exteriores del vehículo, que pueden ocasionar un riesgo para los ocupantes, los demás conductores o los viandantes, o incluso que modifiquen de manera sustancial las condiciones de seguridad de los vehículos. De acuerdo a la regulatoria, dichas reformas requieren de la legalización y las autorizaciones adecuadas.
Concretamente, entre las modificaciones o reformas de importancia están aquéllas que impliquen cualquier cambio que afecte a la identificación del vehículo; al motor; transmisión, ejes, suspensión, dirección o frenos; la carrocería; dispositivos de alumbrado y señalización; uniones entre los vehículos tractores y los remolques o semirremolques, etc.
La ITV del ‘tuneo’
Una vez realizada la modificación, el propietario del vehículo tiene un plazo de quince días para acudir a una estación ITV. Deberá presentar el proyecto técnico detallado de la reforma, el informe de conformidad emitido por un servicio técnico de reformas o por el propio fabricante del vehículo y el certificado del taller que ha llevado a cabo la modificación. Todas las reformas realizadas quedarán anotadas en la tarjeta ITV del vehículo.
Cabe señalar que circular con algún elemento sin legalizar o no autorizado puede suponer una multa de hasta 500 euros, no superar la ITV e, incluso, en caso de siniestro el seguro puede optar por no cubrir los daños al no estar informado de los cambios realizados en el coche.