En la circular que se ha enviado a los asociados, Asetra recuerda qué distintas zonas básicas de salud siguen con restricciones a la movilidad (que se pueden ver en este enlace). Asimismo, envía documentos de justificación de desplazamiento actualizados para trabajadores y clientes, con las nuevas referencias legales.
Por otro lado, recuerda a los talleres que las actividades de servicios profesionales abiertos al público deberán limitar al 75% su aforo total, así como dar preferencia en el servicio a los mayores de 65 años.
Dentro de la circular informativa, esta es la información más relevante que se ha extraído para los talleres:
-Deber de cautela y protección. Medidas de prevención e higiene de aplicación general para toda la población
-Medidas de higiene y prevención generales para el personal trabajador
-Medidas de higiene y prevención para el personal trabajador de los establecimientos y locales que abran al público
-Medidas para prevenir el riesgo de coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral
-Medidas generales de prevención e higiene exigibles a todas las actividades
-Medidas generales de control de aforo y organización de las instalaciones abiertas al público
-Medidas y condiciones que deben cumplir los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público
-Medidas y condiciones de higiene aplicables a dispositivos de venta y cobro automático, máquinas expendedoras y de cobro, lavanderías autoservicio y actividades similares
-Medidas relativas a la higiene de los clientes y usuarios en establecimientos y locales comerciales
-Residuos en establecimientos comerciales, de servicios al público y en los centros de trabajo
La orden completa de la Comunidad de Madrid puede leerse en este enlace.