Los hechos ocurrieron en 2013, en Vitoria, un vehículo recién adquirido de segunda mano, con diez años de antigüedad, ardía en un garaje privado quedando totalmente calcinado y provocando daños al edificio. Tal y como informan desde EFE.
En un primer momento, los gastos, de unos 45.000 euros, fueron asumidos por el seguro del garaje para después pasar a reclamárselos la compañía aseguradora del vehículo, Línea Directa. Las aseguradoras, al no ponerse de acuerdo, llevaron el caso a los tribunales: el juzgado de Primera Instancia número 2 de Vitoria, que desestimó la demanda, pasando más tarde a la Audiencia Provincial, que obligó a Línea Directa a hacer frente a la indemnización.
“Un incidente totalmente ajeno a una situación circulatoria”, alegó Linea Directa
Desconforme, Línea Directa trató de recurrir la sentencia a través de un escrito de casación al Tribunal Supremo alegando no tener que responsabilizarse de los daños por resultar un incidente “totalmente ajeno a una situación circulatoria”. Sin embargo, tras consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), ha ratificado el fallo de la sentencia defendiendo que la “circulación de vehículos” no queda determinada por la puesta en marcha o no del vehículo, ni a la mera circulación vital, incluyendo “cualquier utilización” de un coche como medio de transporte.