Entre las inspecciones más habituales que pueden recibir los talleres en el marco de su actividad se encuentran las de riesgos laborales, licencia de actividad o gestión de residuos. Sin embargo también puede llegar el momento en el que deban enfrentarse a una inspección de Seguridad Industrial.
Desde Road House señalan que estas auditorías administrativas a cargo de la Subdirección General de Seguridad Industrial o equivalentes, son “especialmente complejas” por la cantidad de documentación que se se le pide al empresario. Desde el fabricante de frenos han mencionado cuál es:
- Requisitos de empresa: el taller debe tener la placa de registro industrial en la fachada del taller, de manera “perfectamente visible”. En ella debe constar el número de industria y las ramas (mecánica, electricidad, carrocería y/o pintura) y/o las especialidades (diagnóstico, neumáticos y/o motocicletas) del taller y que corresponden con el Registro Industrial RASIC.
- Póliza en vigor de seguro de Responsabilidad Civil profesional vigente (el cual asciende para el año 2023 a la cifra de 284.093 euros para talleres de hasta 10 trabajadores y de 568.185,495 euros para talleres con más de 10 empleados). Asimismo, se requerirá el justificante de pago anual de la póliza anterior.
- Documentos acreditativos de las autorizaciones y revisiones actualizadas de la instalación eléctrica y de la instalación de equipos a presión, es decir, los compresores.
- En caso de operar como taller oficial de marca, se requiere la autorización escrita del fabricante nacional, o en su defecto, del representante legal del fabricante extranjero. Además, en caso de no tratarse de taller oficial, es necesario que la empresa lo declare explícitamente.
- Requisitos personales: se necesita la acreditación de la competencia profesional de responsable técnico, así como el certificado personal de gases fluorados de quien lo disponga. En caso de no efectuarse esta actividad el taller debe declararlo explícitamente.
- Contrato laboral del responsable del taller, en caso de que sea trabajador asalariado; certificado de alta en la Seguridad Social del responsable de taller, sea asalariado o autónomo en caso de que sea el titular de la actividad o bien un socio; y si el responsable de taller es autónomo, se requerirá el acta de constitución de la empresa, en caso de que esta sea persona jurídica.
Asimismo, desde Road House mencionan que, aunque no son tan habituales como otras, estas inspecciones son complicadas por la cantidad de documentación implicada. Por ello, mencionan que los talleres pueden contar con una gestoría que les ayude a disponer de todos los papeles en regla y también con el asesoramiento de las patronales a las que estén asociados.