Según informa Asetra, la patronal de talleres de Madrid, los Inspectores de Trabajo están poniendo de nuevo su mirada en los talleres. Lo están haciendo para comprobar diferentes requisitos que deben cumplirse en los negocios del sector, haciendo especial hincapié en la maquinaria, concretamente en los elevadores.
Así, se ha podido saber que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, dependiente del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, mantiene operativa la campaña de inspección dirigida a talleres que inició hace aproximadamente dos años.
“A ASETRA llegan prácticamente todos los días consultas relacionadas con la visita de los funcionarios”, afirman.
Mediante una circular, la asociación madrileña ha querido recordar a los empresarios de la región la documentación que los inspectores que se están personando en sus negocios pueden solicitar:
- Contrato con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA).
- Evaluación inicial de Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
- Planificación de la actividad Preventiva.
- Plan de Emergencia y Evacuación.
- Formación impartida en materia de Seguridad y Salud: les recordamos que, tras la aprobación del II Convenio colectivo estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (junio 2017) todos los trabajadores encuadrados en los CNAE 45.20 (mantenimiento y reparación de vehículos de motor) y 45.40 (mantenimiento y reparación de motocicletas) del sector metal deben cursar una formación mínima en materia de Riesgos Laborales en función del puesto de trabajo realizado. En octubre de este año, los talleres deben haber formado al 100% de su plantilla.
- Documentación sobre vigilancia de salud de los trabajadores.
- Justificante de entrega de equipos de protección individual.
- Maquinaria y equipos de trabajo utilizados en el taller.
- Talleres con la especialidad de chapa y pintura: documentación que justifique el mantenimiento de la cabina de pintura, estudio de atmósferas explosivas en algunos casos, etc.