Después de que dos talleres asociados de Atreve, la asociación de talleres de La Coruña, tuvieran que pagar una elevada sanción económica por no atender en el plazo correspondiente a los requerimientos de la Consejería de Industria, la asociación ha querido recordar a los talleres cómo deben proceder en estos casos, para evitar multas o poner “su negocio en peligro”.
Concretamente, tal y como relata la asociación, la Consejería de Industria solicitó documentación a dos de sus talleres socios, sin obtener respuesta. Después tres y seis años, respectivamente, de estos requerimientos, Industria ha acabado sancionando a los talleres con 1.000 euros por cada diez días que hubieran pasado sin haber aportado la documentación.
Tal y como señala Atreve, esta es una “ejecución forzosa”, es decir, una sanción económica que debe cumplirse, o de lo contrario “podría ponerse en peligro el futuro del taller”. Teniendo en cuenta estos acontecimientos, desde la asociación han querido recordar a los talleres algunos asuntos:
- “Los requerimientos de la Consejería de Industria hay que contestarla de manera adecuada: de poco sirve que pidan diez documentos y solo presentar uno.
- La asociación -Atreve- está para ayudar, y en estas cuestiones tenemos más experiencia que muchas gestorías/asesorías.
- Es necesario registrar en Industria: la instalación de aire comprimido, la instalación eléctrica, la instalación de protección contra incendios, el nombre del responsable técnico y su formación y deben tenerse dos placas: a identificativa y la informativa.
- Las modificaciones de las instalaciones del taller debe realizarlas un instalador autorizado y después deben notificarse a Industria.
- Las instalaciones deben ser revisadas de manera periódica a través de un Organismo que Colabore con la Administración. Las conocidas como OCA’s. Esto incluye: instalación eléctrica, cada cinco años; instalación de aire comprimido, cada tres años (aunque el tipo de inspección varía con la antigüedad del equipo) y la instalación de protección contra Incendios. cada cinco años (talleres con riesgo bajo en base a su carga de fuego)”.
Asimismo, Atreve asegura que:
- “Industria no olvida porque entre el primer requerimiento y la sanción pasaron entre tres y seis años, de manera que hubo tiempo para que los talleres pudieran reaccionar. Pero también queda claro que el expediente se abrió y no se cerró en falso, por lo que Industria no se olvida de la documentación que pide y cuándo la pide.
- No sirven las disculpas: Después de tres años esperando la documentación, es muy probable que Industria no admita ampliar el plazo, por lo que conviene entregar la documentación cuando se requiere”, señalan desde Atreve.