Los convenios de indemnización directa entre las compañías de seguro son el gran desconocido y sin embargo juegan un papel esencial cuando un conductor resulta perjudicado en un accidente de tráfico.
¿Cómo funcionan? Es sencillo, lo explica Eurosiniestro en un artículo publicado en la web de Emérita Legal.
Tras el siniestro, la compañía del vehículo perjudicado (es decir, de la que ha recibido el golpe) va a cobrar un ‘módulo’ fijo de la contraria (la culpable del daño) y a partir de ese momento será la aseguradora del perjudicado quien se haga cargo de resarcir el daño a su cliente, sin que este lo sepa, por supuesto. Es en este punto en el que el asegurado queda completamente indefenso, ya que será su propia compañía quien tratará de reducir por todos los medios el coste de la reparación.
¿Por qué? Fácil también: el módulo de compensación se fija por el importe medio de reparación del año en curso (en torno a los 900) euros. Después de recibir este dinero, si consigue indemnizar a su cliente (vía reparación, por ejemplo) por una cuantía menor, el resto será beneficio… Si la reparación supera esos 900 a la aseguradora le convendrá que lo haga por lo menos posible, ya que todo lo que pague por encima de este importe serán pérdidas en esa operación.
“La primera sorpresa que se lleva el perjudicado es que es su propia compañía la que le valora el daño y se lo paga, cuando lo que legalmente debiera ocurrir es que nuestra compañía reclame en nuestro nombre a la contraria. Evidentemente cuando quien paga es mi seguro, sin reclamar el importe pagado, yo como perjudicado quedo completamente indefenso a su merced, pues nadie independiente me asesora, como lo haría si fuese mi seguro el que reclama al contrario”, explican desde Eurosiniestro: “Mi seguro por tanto no es imparcial, no me informa de esta situación y me oculta que lo que ha recibido del seguro contrario es un módulo fijo de aproximadamente 900€ con independencia de cuánto sea la reparación de mi vehículo”.
Eurosiniestro lo explicaba con un ejemplo sencillo.
“Un perjudicado recibe un golpe en su vehículo Volkswagen Polo. Este, a pesar de su antigüedad, tiene un valor aproximado de 2000€ en el mercado de segunda mano”.
Y siguen: “El importe de su reparación según el perito del seguro de la perjudicada es de aproximadamente 2.300 euros. La decisión del seguro de la perjudicada es decirle que con arreglo a las tablas de valoración que ellos emplean, el coche tiene un valor de 395 euros y por esto no le repararán”. Lo que suele denominarse como siniestro total… “De este modo, el seguro del perjudicado cobra sobre 900 euros y paga 395 a su asegurado, que sin culpa alguna es el gran perjudicado de esta situación”.
Es importante saber que el asegurado no está vinculado por los convenios entre las aseguradoras: “Y en un caso como este, en el que el precio de la reparación excede en poco el del valor real del vehículo en el mercado (apenas 300 euros), puede legítimamente reclamar al seguro del que le ha golpeado que le pague el importe de los daños. La dificultad que va a tener es que su seguro no lo va a hacer, ni se lo va a recomendar, porque esto va en contra de los intereses del seguro del perjudicado”.
Y es cierto que en casos en los que exista notable desproporción entre el daño a reparar y el valor del vehículo, no se puede exigir el pago del importe de la reparación. Pero es importante conocer el funcionamiento de las compañías en estos casos para saber que no siempre que se declara siniestro total, lo es; y a partir de ahí, conociendo los derechos como asegurado, reclamar lo que conviene con arreglo a la ley.
El taller puede convertirse en un aliado perfecto en este asesoramiento con sus clientes.
La moraleja es que hay que contratar la cobertura de defensa jurídica con libre elección de abogado y procurador.
Así quien nos asesore y defienda será independiente de la aseguradora, del taller de chapa y pintura y estará pendiente de que seamos nosotros los beneficiados.
Manuel no estoy conforme en parte de tu respuesta sobre la publicación, en la parte en la que mencionas en que los talleres concertados estamos de parte de la compañía. En esta parte te confundes, los talleres concertados pactan un precio de hora y un cierto dto pero eso no quiere decir, ni que vayan a hacer mal la reparación ni mucho menos, porque al final el nombre del reparador es el del taller no el de la compañía y lo que busca el taller concertado es realizar una buena reparación y darse a conocer ante clientes que a no ser por la compañía no les habrían conocido. Espero no ofender sino defender los talleres concertados ya que no son talleres elegidos a dedo sino talleres que realizan su trabajo bien ya que las compañías buscan abaratar costes pero también que el cliente se quede satisfecho con la reparación realizada en su vehículo y quiere volver a reparar en dichos talleres concertados. Esta es su finalidad para poder abaratar en otras reparaciones posteriores.
Un saludo.
Me quieres decir si los materiales que la compañía (casi) te obliga a utilizar son originales o paralelos
Con la letra pequeña de la póliza y las malas explicaciones de los agentes ya el cliente ni puede elegir taller desgraciadamente, pero vamos no tiene que ir mal a nadie cuando nadie protesta. Suerte para todos del sector y sálvese el que pueda.
Totalmente cierto lo que dice este artículo,la gran mayoría de los asegurados no saben esto y salen perjudicado casi siempre,por lo que invito a los asegurados que reparen sus vehículos siempre en talleres independientes,porque los talleres concertados están de parte de la aseguradora y sobretodo intentar reparar en talleres que pertenezcan a SIAUTO,es una cooperativa de talleres que conocen todos los cauces legales para que no salga perjudicado el asegurado y la reparación sea de calidad.